RD 214/2025 • Huella de carbono obligatoria • Plan de reducción a 5 años • Sello MITECO • RD 214/2025 • Huella de carbono obligatoria • Plan de reducción a 5 años • Sello MITECO • 

Registro de huella de carbono del MITECO

  • Tu primer informe vence en 2026: corresponde al ejercicio 2025. Si aún no has calculado, es ahora.
  • Cálculo y plan, no solo el cálculo: el RD 214/2025 exige alcances 1 y 2 y un plan de reducción a cinco años con objetivo cuantificado, y obliga a publicarlo.
  • Verificación incluida en el diseño: preparamos el expediente para que pase una verificación acreditada, y lo dejamos listo para el sello del MITECO.
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¿Te afecta el RD 214/2025?

Real Decreto 214/2025

¿Estoy obligado?

Sí, si tu empresa está sujeta al Estado de Información No Financiera:

  • Más de 250 trabajadores, y además
  • entidad de interés público, o durante dos ejercicios consecutivos más de 20 M€ de activo o 40 M€ de cifra de negocio
  • Las filiales españolas de grupos extranjeros también entran
Comprobar mi caso en 15 minutos →
Plazo

¿Para cuándo?

El primer informe obligatorio corresponde al ejercicio 2025 y se presenta en 2026. El cálculo se hace sobre datos del año pasado, que hay que recuperar : es la parte que lleva tiempo.

Arrancar ahora →
Entregables

¿Qué hay que producir?

Tres piezas, no una:

  • Huella de carbono de organización, alcances 1 y 2 (el alcance 3 es voluntario en el sector privado)
  • Plan de reducción a cinco años con objetivo cuantificado alineado con el Acuerdo de París
  • Publicación accesible y gratuita de ambos
  • Opcional: inscripción en el registro del MITECO, que otorga el sello oficial

Lo que conviene saber antes de empezar

El Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, crea el registro y, sobre todo, convierte en obligatorio el cálculo de la huella y la publicación de un plan de reducción para determinadas empresas. Conviene distinguir las dos cosas.

Calcular y publicar: obligatorio

Las empresas obligadas a informar sobre información no financiera (art. 49.5 del Código de Comercio y art. 262.5 de la Ley de Sociedades de Capital), además de la Administración General del Estado y sus entidades, deben calcular anualmente su huella y publicar un plan de reducción.

Inscribirse en el registro: voluntario para el sector privado

La inscripción en el Registro del MITECO sigue siendo voluntaria para las empresas privadas : el sector público estatal sí está obligado. Voluntario no significa inútil: el sello es una prueba reconocida en pliegos y ante clientes.

Alcances 1 y 2 obligatorios, alcance 3 voluntario

El cálculo debe cubrir como mínimo las emisiones directas (alcance 1) y las asociadas a la energía (alcance 2). El alcance 3 es voluntario en este marco, pero es lo que te pedirán tus clientes y lo que pesa en un EcoVadis.

Plan de reducción a cinco años

El plan debe fijar objetivos cuantificados con un horizonte mínimo de cinco años, coherentes con el Acuerdo de París y la neutralidad climática en 2050. Un plan sin cifras ni trayectoria no cumple.

Lo que está en juego

El RD impulsa que los criterios de huella de carbono cuenten en la contratación pública, y el sello del registro del MITECO es la prueba que se presenta en una licitación. Añade la exposición pública: el cálculo y el plan son de publicación obligatoria, así que tu posición es comparable.

Información verificada en agosto de 2026. Orientación, no asesoramiento jurídico.

Lo que aportamos de verdad

Huella auditable

Cada tonelada de CO2e se remonta al dato de origen: factura, consumo o factor aplicado. Sin cajas negras.

Plan con cifras

Cada medida se cuantifica en tCO2e evitadas y en euros, para priorizar por retorno y no por visibilidad.

Expediente de inscripción

Preparamos la documentación en el formato del MITECO y te acompañamos hasta la obtención del sello.

Un cálculo, varios usos

La misma base de datos sirve para el EINF, EcoVadis, CDP y un futuro informe de sostenibilidad.

Del dato bruto al sello

01
Recogida y cálculo

Recogida y cálculo

Conectamos tus consumos energéticos, flotas y datos de compras. La plataforma estructura los datos brutos, aplica los factores de emisión y detecta las incoherencias.
02
Plan de reducción cuantificado

Plan de reducción cuantificado

Identificamos las palancas reales de tu actividad, las cuantificamos en tCO2e y en euros y construimos una trayectoria a cinco años defendible.
03
Inscripción y sello

Inscripción y sello

Preparamos el expediente en el formato del MITECO, gestionamos la inscripción y planificamos la renovación anual del sello.

Lo que nos diferencia

Ingenieros dedicados, no un call center

Ingenieros dedicados, no un call center

Un ingeniero ambiental acompaña tu proyecto de principio a fin: valida las hipótesis metodológicas, prepara el expediente para el verificador y responde de media en menos de 40 minutos.

Modelo híbrido: plataforma + expertise

Modelo híbrido: plataforma + expertise

El cálculo lo industrializa la plataforma, el criterio metodológico sigue siendo humano. Resultado: el coste unitario de un expediente baja cuando sube el volumen, al contrario que una consultoría por jornadas.

Multicentro y multipaís sin fricciones

Multicentro y multipaís sin fricciones

Más de 500 empresas, incluidas estructuras con filiales en varios países, consolidan sus datos en Orki. La plataforma se adapta a tu organización, no al revés.

Conformidad y reconocimiento

Opta por un método alineado con los estándares internacionales

Nuestros cálculos respetan de forma nativa los referenciales reconocidos internacionalmente: GHG Protocol e ISO 14064 para el inventario de emisiones, ISO 14040/44, EN 15804+A2, ISO 14025 y PEF para los análisis de ciclo de vida y las DAP. Tus resultados son trazables y están listos para la verificación por tercera parte y para la CSRD.

ISO 14040/44Life Cycle Assessment
EN 15804+A2EPD · construction
ISO 14025Type III declarations
Greenhouse Gas Protocol
PEFProduct Environmental Footprint
ISO 14064GHG inventories
EU CSRD
Science Based Targets
GRI
CDP
ISO
ISO 14040/44Life Cycle Assessment
EN 15804+A2EPD · construction
ISO 14025Type III declarations
Greenhouse Gas Protocol
PEFProduct Environmental Footprint
ISO 14064GHG inventories
EU CSRD
Science Based Targets
GRI
CDP
ISO
4,6 / 5

Reconocidos como Leader en G2, +500 empresas nos han elegido.

Insignia Leader de G2Insignia Users Love Us de G2

Ya han elegido Orki

Huella de carbono & SBTi
Broadpeak
Tecnología de streaming

"El acompañamiento es muy completo y profesional. Orki es el socio ideal para la estrategia de reducción de emisiones de carbono de una empresa seria en la materia."

Elodie Levrel,Responsable de RSE y directora de marketing
-40% de tiempo RSE
Un experto dedicado para avanzar sin fricciones.
100% de los datos valorizados
Cálculos de carbono fiables, incluso complejos.
0 sorpresas en el tiempo
Un socio sólido, costes controlados.
Herramienta de huella de carbono & ACV
Altopi
Consultoría

"Ahora tenemos una herramienta que se ajusta perfectamente a lo que buscábamos: simple, robusta y acompañada de un equipo agradable."

Nicolas Beslin,CEO
300+ clientes
Acompañados en su estrategia de carbono.
Ahorro de tiempo
Funciones de importación y seguimiento.
Reactividad
Evoluciones rápidas de la plataforma.
EcoVadis, DAP de producto, huella de carbono
EVBox
Recarga de vehículos eléctricos

"Unas palabras para resumir Orki más allá de la plataforma: profesionales, expertos y competentes, muy reactivos, un acompañamiento humano de calidad."

Olivier Emily,Global Director - Program Management
Huella de carbono
Estructuración global
DAP de producto
Modelización de producto
EcoVadis
Mejora de la puntuación

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¿Por qué elegir Orki?

Comprobar mi situación
La obligación del RD 214/2025 recae principalmente en las empresas sujetas a la normativa de información no financiera (art. 49.5 del Código de Comercio y art. 262.5 de la Ley de Sociedades de Capital), y en la Administración General del Estado y sus entidades dependientes. Si no estás en ese grupo, el cálculo no es obligatorio por esta vía, pero tus clientes y los pliegos te lo pedirán igualmente. En el encuadre revisamos tu caso concreto.
No para las empresas privadas: la inscripción sigue siendo voluntaria, aunque el sector público estatal sí está obligado. Lo que es obligatorio para las empresas afectadas es calcular la huella y publicar el plan de reducción. Dicho esto, el sello del registro es una de las pruebas mejor reconocidas en contratación pública y ante grandes clientes, y el trabajo de fondo ya está hecho.
En este marco el alcance 3 es voluntario: solo los alcances 1 y 2 son obligatorios. En la práctica, el alcance 3 suele representar la mayor parte de la huella de una empresa y es lo que piden los clientes, EcoVadis y el reporting de sostenibilidad. Recomendamos al menos identificar las categorías materiales, aunque no se declaren en el registro.
Objetivos cuantificados con un horizonte mínimo de cinco años, coherentes con el Acuerdo de París y la neutralidad climática en 2050. Un listado de buenas intenciones no cumple. Trabajamos al revés: partimos de tus emisiones reales, identificamos las palancas con impacto medible y construimos la trayectoria a partir de ahí.
Sí, y suele ser el punto de partida. Revisamos el perímetro, los factores de emisión aplicados y la trazabilidad de los datos. Si la metodología es sólida, la migramos y trabajamos sobre el plan de reducción. Si tiene lagunas, te decimos exactamente dónde antes de reconstruir nada.
Directa: son las empresas obligadas al Estado de Información No Financiera las que quedan afectadas por la obligación de calcular. Conviene tratar los dos ejercicios como uno: la huella y el plan de reducción alimentan directamente los indicadores ambientales del EINF, evitando dos recogidas de datos en paralelo.

¿No sabes si el RD 214/2025 te afecta?

Revisamos tu situación y el estado de tus datos. Una hora, y sabes qué tienes que hacer y para cuándo.

Equipe Orki
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