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Net zero: qué es, en qué se diferencia del carbon neutral y cómo construir una hoja de ruta creíble

A partir del 1 de febrero de 2028, ninguna empresa podrá fijar un nuevo objetivo climático validado por la SBTi sin alinearse con el estándar net zero de segunda generación. Mientras tanto, "net zero", "carbon neutral" y "climate neutral" se siguen usando como sinónimos en la comunicación empresarial, aunque detrás de cada término se esconde un nivel de ambición muy distinto.

La confusión no es solo terminológica. Afirmar un objetivo net zero cuando en realidad se trata de un carbon neutral basado en compensación expone a un riesgo normativo concreto en toda la Unión Europea desde el 27 de septiembre de 2026. Este artículo explica qué es realmente el net zero, en qué se diferencia de los demás términos, qué estándares lo definen y cómo se construye una hoja de ruta que resiste la verificación.

En breve

  • El net zero es el equilibrio entre las emisiones de gases de efecto invernadero que una organización sigue generando y las que retira de la atmósfera, alcanzado tras una reducción casi total (en torno al 90-95 %) de las emisiones en todos los alcances, no mediante compensación generalizada.
  • Es más exigente que el carbon neutral (norma ISO 14068-1:2023: alcance 1 y 2 más las categorías significativas del alcance 3, compensación admitida sin un umbral de reducción fijado, aunque una primera declaración de neutralidad no puede basarse únicamente en la compensación) y que el climate neutral, término sin norma técnica propia.
  • El estándar de referencia para las empresas es el Corporate Net-Zero Standard V2.0 de la SBTi: la versión 1.3.1 sigue siendo válida para fijar nuevos objetivos hasta el 31 de enero de 2028; después, la V2.0 pasa a ser obligatoria para toda nueva presentación.
  • La Unión Europea ha fijado la neutralidad climática para 2050 (reglamento (UE) 2021/1119) y un objetivo intermedio de reducción del 90 % de las emisiones netas en 2040 respecto a 1990, en vigor desde el 7 de abril de 2026 (reglamento (UE) 2026/667).
  • España no cuenta con un desarrollo normativo específico sobre el "net zero" corporativo: la Ley 7/2021 fija la neutralidad climática nacional no más tarde de 2050 como objetivo general del país, pero el marco de referencia a nivel de empresa sigue siendo el conjunto SBTi/ISO descrito en este artículo.

Qué es el net zero: la definición

El net zero, o "cero emisiones netas", es la condición en la que las emisiones de gases de efecto invernadero que una organización sigue generando quedan compensadas por una cantidad equivalente de emisiones retiradas de la atmósfera. No significa eliminar por completo las emisiones: significa reducirlas casi al mínimo técnica y económicamente posible, y neutralizar solo el residuo que no puede eliminarse con la tecnología actual.

La lógica de los estándares net zero más utilizados, como el Corporate Net-Zero Standard de la SBTi, exige una reducción de las emisiones absolutas de aproximadamente el 90-95 % en los tres alcances del GHG Protocol (alcance 1, 2 y 3) antes de recurrir a cualquier forma de neutralización. Solo la fracción residual, la que resiste a la descarbonización, puede compensarse, y únicamente mediante eliminaciones permanentes de CO2 de la atmósfera, nunca con créditos de evitación.

Para la metodología de cálculo de las emisiones por alcances y la base sobre la que se construye cualquier objetivo net zero, consulta nuestra guía de la huella de carbono de empresa. Este artículo se centra en el destino final y su definición.

Las directrices ISO IWA 42:2022 ("Net Zero Guidelines"), publicadas el 11 de noviembre de 2022, aportan las definiciones comunes de net zero, emisiones, eliminaciones, créditos y compensaciones, con un horizonte de alcance del net zero global no más tarde de 2050, en coherencia con el límite de 1,5 °C del Acuerdo de París.

Net zero, carbon neutral, climate neutral: la diferencia que importa

Los tres términos se usan como sinónimos en el lenguaje corriente, pero corresponden a niveles de ambición y a alcances muy distintos. Confundirlos es uno de los errores más frecuentes en la comunicación climática de las empresas, y desde 2026 es también un riesgo legal.

Término Norma de referencia Alcance Umbral de reducción antes de compensar
Net zero Lógica SBTi (Corporate Net-Zero Standard), ISO IWA 42:2022 Todos los alcances 1, 2 y 3 de la organización Aproximadamente 90-95 % de reducción absoluta; solo eliminaciones permanentes sobre el residuo
Carbon neutral ISO 14068-1:2023 (sustituye a BSI PAS 2060, retirada el 30 de noviembre de 2025) Alcance 1 y 2 obligatorios, y también las categorías significativas del alcance 3; puede referirse también a un solo producto o servicio Ningún umbral fijado; compensación admitida tras un plan de gestión del carbono, pero la primera declaración de neutralidad no puede basarse únicamente en la compensación
Climate neutral Ninguna norma técnica propia identificada Variable, uso frecuentemente intercambiable con "carbon neutral" No definido

El climate neutral es, en particular, el término más arriesgado de usar en una comunicación pública: al no estar anclado a una norma técnica precisa, una autoridad de control puede considerarlo una alegación ambiental genérica, no verificable, uno de los mismos problemas que persigue la normativa europea anti-greenwashing.

Un objetivo net zero validado por la SBTi no se improvisa: exige un inventario completo de emisiones, una línea base verificada y un plan de acción con plazos intermedios, no solo una declaración de intenciones.

Comparativa entre net zero, carbon neutral y climate neutral: alcance de las emisiones cubiertas y umbral de reducción exigido antes de la compensación

Los estándares que definen el net zero para las empresas

La referencia más utilizada por las empresas para fijar un objetivo net zero validado externamente es el Corporate Net-Zero Standard de la Science Based Targets initiative (SBTi), hoy en su segunda versión.

La versión 2.0 se publicó el 11 de junio de 2026, tras dos consultas públicas realizadas en 2025. Según la página oficial de la SBTi, la versión 1.3.1 sigue siendo válida para fijar nuevos objetivos hasta el 31 de enero de 2028; a partir del 1 de febrero de 2028, toda nueva presentación de objetivo debe alinearse con la versión 2.0. Los objetivos a corto plazo ya validados siguen siendo válidos hasta el final de su horizonte temporal original. La validación de objetivos según la V2.0 se abre a partir de 2027.

Estándar Versión en vigor para nuevos objetivos Transición a la versión siguiente
SBTi Corporate Net-Zero Standard V1.3.1, hasta el 31 de enero de 2028 V2.0 obligatoria desde el 1 de febrero de 2028
ISO IWA 42:2022 (directrices net zero) En vigor desde noviembre de 2022 Base del futuro estándar ISO 14060
ISO/DIS 14060 (net zero organizativo) Proyecto de norma, consulta pública cerrada desde septiembre de 2026 Publicación definitiva prevista a finales de 2026 o inicio de 2027

El proyecto ISO/DIS 14060, cuya consulta pública está cerrada desde septiembre de 2026, introduciría una prohibición explícita de usar créditos de carbono para reivindicar un progreso hacia un objetivo de reducción de emisiones, reservando el uso de créditos solo a la neutralización del residuo final. Al tratarse de un proyecto aún no adoptado, esta regla no es hoy vinculante.

Conviene aclarar un punto a menudo confundido: no existe, a día de hoy, un "estándar net zero" publicado por el GHG Protocol. El GHG Protocol aporta el marco metodológico de base para el cálculo de emisiones por alcances, utilizado como fundamento tanto por el estándar SBTi como por las directrices ISO, pero todavía no ha publicado un estándar net zero propio. Su Land Sector and Removals Standard, publicado en enero de 2026, regula la contabilidad de las emisiones y eliminaciones ligadas al uso del suelo, sin definir un objetivo net zero.

El marco climático de la Unión Europea y el vínculo con la CSRD

A nivel de política pública, la Unión Europea ha fijado, mediante el reglamento (UE) 2021/1119 ("Ley Europea del Clima"), un objetivo vinculante de neutralidad climática de la Unión en su conjunto para 2050, con una meta intermedia vinculante de reducción del 55 % para 2030 respecto a 1990. Este objetivo concierne a la Unión Europea como sistema, no es una obligación directa sobre cada empresa individual.

La Unión Europea ha fijado un nuevo objetivo intermedio de reducción del 90 % de las emisiones netas en 2040 respecto a 1990, en vigor desde el 7 de abril de 2026 (reglamento (UE) 2026/667). A partir de 2036, hasta 5 puntos porcentuales de esa reducción podrán proceder de créditos internacionales de carbono de alta calidad, compatibles con el Acuerdo de París.

En España, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, fija como objetivo legal la neutralidad climática del país no más tarde de 2050, alineada con el objetivo de la UE. Se trata de un objetivo nacional de alcance general, no de un estándar o un marco de referencia para que una empresa fije o valide su propio objetivo net zero: ese papel lo siguen cumpliendo los estándares SBTi e ISO descritos en este artículo.

Para las empresas sujetas a la CSRD, el vínculo con los objetivos climáticos pasa por el ESRS E1: el estándar exige declarar si la empresa dispone de un plan de transición climática o cuándo prevé adoptarlo. Se trata de una obligación de publicar la información, no de disponer realmente de un plan net zero. En España, la CSRD todavía no se ha transpuesto: mientras tanto, las empresas siguen sujetas al estado de información no financiera (EINF) de la Ley 11/2018.

Para el alcance completo del ESRS E1 y de los demás estándares temáticos, consulta nuestra guía de los estándares ESRS.

Cómo construir una hoja de ruta creíble hacia el net zero

Una hoja de ruta net zero creíble sigue, por lo general, cuatro fases, en este orden.

  1. Medir: calcular la huella de carbono en todos los alcances, con una línea base fiable. Sin este paso, cualquier objetivo posterior es arbitrario.
  2. Reducir: construir un plan de acción con palancas identificadas para cada fuente de emisión, plazos intermedios e indicadores de avance, hasta alcanzar aproximadamente el 90-95 % de reducción absoluta.
  3. Neutralizar el residuo: recurrir a eliminaciones permanentes de CO2 (no a créditos de evitación) solo para la fracción de emisiones que resiste a la descarbonización, típicamente el 5-10 % residual.
  4. Reportar y validar: publicar los progresos, hacer validar el objetivo por un tercero reconocido como la SBTi, y mantener la coherencia entre lo declarado y lo realmente ejecutado.

Las cuatro fases de una hoja de ruta net zero: medir la huella de carbono en todos los alcances, reducir en torno al 90-95% las emisiones absolutas, neutralizar el residuo con eliminaciones permanentes de CO2, reportar y validar el objetivo

El papel de los créditos de carbono y el riesgo de greenwashing

La neutralización del residuo final, en la lógica net zero, se reserva a las eliminaciones permanentes de CO2 de la atmósfera, no a los créditos genéricos comprados en el mercado voluntario. Confundir ambas cosas, usar créditos de evitación para declarar un avance hacia el objetivo de reducción en lugar de reservarlos al solo residuo final, es uno de los errores más extendidos en la comunicación net zero.

Atención al riesgo normativo: desde el 27 de septiembre de 2026, la directiva (UE) 2024/825 prohíbe en toda la Unión afirmar que un producto o servicio tiene un impacto neutro, reducido o positivo sobre el medio ambiente basándose únicamente en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero. El plazo de transposición nacional vencía el 27 de marzo de 2026; según fuentes jurídicas, la Comisión Europea abrió el 28 de mayo de 2026 un procedimiento de infracción contra 20 Estados miembros por transposición incompleta, entre ellos España. En España, la transposición se tramita a través del proyecto de Ley de Consumo Sostenible. La norma no prohíbe el uso de los créditos de carbono en sí, pero la prohibición de las alegaciones de neutralidad basadas en la compensación se aplica en todos los casos, haya o no reducción de emisiones. Además, las alegaciones sobre un comportamiento ambiental futuro, como un objetivo "net zero en 2040", deben apoyarse en un plan de aplicación detallado y realista, verificado por un experto tercero independiente.

Para el funcionamiento de los créditos de carbono y la diferencia entre los principales estándares de certificación, consulta nuestra guía de los créditos de carbono.

Por qué validar el objetivo con un tercero independiente

Un objetivo net zero declarado de forma unilateral, sin validación externa, sigue siendo una intención. La validación mediante un estándar reconocido, como el Corporate Net-Zero Standard de la SBTi, ofrece tres garantías que una autodeclaración no puede ofrecer: una metodología de cálculo uniforme, una verificación independiente de la línea base y del plan de reducción, y un mecanismo de control periódico de los avances.

Para el funcionamiento detallado del proceso de validación de la SBTi, más allá del solo objetivo net zero, consulta nuestra guía del estándar SBTi: objetivos basados en la ciencia.

Las empresas españolas sujetas a la CSRD, en particular las que deben reportar un plan de transición según el ESRS E1, tienen un interés práctico en hacer validar su objetivo net zero: un plan validado externamente reduce el riesgo de cuestionamiento tanto por parte de los inversores como de las autoridades de control de la publicidad ambiental.

Fuentes

Preguntas frecuentes

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Es el equilibrio entre las emisiones de gases de efecto invernadero que una organización sigue generando y las que retira de la atmósfera, alcanzado tras una reducción absoluta de aproximadamente el 90-95 % en todos los alcances, no mediante compensación generalizada.
El carbon neutral, regulado por la norma ISO 14068-1:2023, tiene un alcance más reducido (alcance 1 y 2 obligatorios, y también las categorías significativas del alcance 3) y no impone un umbral de reducción fijo antes de la compensación. El net zero exige en cambio una reducción casi total en todos los alcances antes de neutralizar el residuo.
Es un término sin norma técnica propia: en la práctica se usa a menudo como sinónimo de carbon neutral, pero la falta de una definición precisa lo hace más arriesgado de usar en una comunicación pública verificable.
El Corporate Net-Zero Standard de la Science Based Targets initiative (SBTi), hoy en su versión 2.0.
Hasta el 31 de enero de 2028 para fijar nuevos objetivos. A partir del 1 de febrero de 2028, toda nueva presentación debe alinearse con la versión 2.0. Los objetivos a corto plazo ya validados con la V1.3.1 siguen siendo válidos hasta el final de su horizonte temporal original.
No, no a día de hoy. El GHG Protocol aporta el marco metodológico de cálculo de emisiones por alcances, utilizado como base tanto por el estándar SBTi como por las directrices ISO, pero no ha publicado un estándar net zero propio.
Aportan definiciones comunes de net zero, emisiones, eliminaciones, créditos y compensaciones, con un horizonte de alcance del net zero global no más tarde de 2050, alineado con el límite de 1,5 °C.
La neutralidad climática de la Unión en su conjunto para 2050 (reglamento (UE) 2021/1119), con un objetivo intermedio de reducción del 90 % de las emisiones netas en 2040 respecto a 1990, en vigor desde el 7 de abril de 2026.
Declarar si la empresa dispone de un plan de transición climática o cuándo prevé adoptarlo: es una obligación de publicar la información, no de disponer realmente de un plan.
Solo eliminaciones permanentes de CO2 de la atmósfera, no créditos de evitación, que siguen siendo utilizables para otras finalidades de compensación voluntaria pero no para la fracción residual de un objetivo net zero validado.
Desde el 27 de septiembre de 2026, fecha de aplicación en toda la Unión Europea de la directiva (UE) 2024/825.
El plazo de transposición vencía el 27 de marzo de 2026. Según fuentes jurídicas, la Comisión Europea abrió el 28 de mayo de 2026 un procedimiento de infracción contra 20 Estados miembros por transposición incompleta, entre ellos España. La transposición española se tramita a través del proyecto de Ley de Consumo Sostenible; conviene verificar el estado actualizado antes de tomar decisiones de comunicación.
No. La Ley 7/2021 fija la neutralidad climática nacional no más tarde de 2050 como objetivo general del país, pero no define un estándar net zero a nivel de empresa. Ese papel lo cumplen los estándares internacionales SBTi e ISO, igual que para el resto de empresas de la Unión Europea.
Puede hacerlo, pero sin una validación de un tercero reconocido como la SBTi el objetivo sigue siendo una intención no verificada, expuesta a un riesgo mayor de cuestionamiento.